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lunes, 17 de noviembre de 2008

Las Suspensiones de Contratos de Trabajo como alternativa a los ERE's


En tiempos de crisis como los actuales la presentación masiva de Expedientes de Regulación de Empleo a la Autoridad Laboral está al orden del día. Una herramienta bastante en desuso por parte de las Empresas y que podría ser una alternativa frente a la toma de una medida tan drástica como el Expediente de Regulación de Empleo es la Suspensión de los Contratos de Trabajo que estipula el art. 45.1.j del Estatuto de los Trabajadores. Básicamente se trata de un procedimiento que con la debida autorización administrativa permite a las empresas suspender en tiempos de crisis y de una forma motivada los contratos de sus trabajadores. Con ello la empresa no se desprende de manera definitiva de su capital humano a la par que no tiene que abonarles su salario ni indemnizaciones por despido mientras dure la crisis, si bien sí que deberá seguir cotizando por los trabajadores con contrato suspendido. Los trabajadores por su parte cobran el desempleo mientras dura la suspensión de sus contratos de trabajo. Un tema a debatir en los expedientes de suspensión es el relativo al complemento de la prestación por desempleo hasta el salario real. Pero bien, creemos que es una opción que siempre se debería de contemplar y que desde la Administración se debería de agilizar y pontenciar su uso.

lunes, 10 de noviembre de 2008

La Agencia Tributaria flexibilizará los criterios para el aplazamiento del IRPF

Lo nunca visto. Según se ha sabido hoy y como novedosa iniciativa para aliviar la crítica situación de muchas empresas, la Agencia Tributaria ha dado instrucciones a sus delegaciones territoriales para que sean flexibles y consideren las solicitudes de empresas de aplazar el ingreso de las retenciones por IRPF que se practican en las hojas de salarios de los empleados.

La medida es llamativa y controvertida ya que las retenciones por IRPF que se descuentan de las nóminas no es propiamente dinero de la empresa, sino del trabajador, al que se le retiene por nómina para ser posteriormente ingresado trimestralmente al fisco. Es decir, las empresas tan sólo actúan como meros intermediarios o colaboradores de la AEAT. Hasta ahora este medida era excepcional y tan sólo era efectiva para situaciones en que "pudiera afectar sustancialmente el mantenimiento de la capacidad productiva y del nivel de empleo" de las empresas y con el límite de que "pudiera producir quebrantos para los intereses de la Hacienda Pública". Es por ello que hasta la fecha era una medida residual a la que difícilmente acudían las empresas por cuanto eran conocedoras que el fisco prácticamente acabar por tumbar cuantas solicitudes se le presantaran por delante.

No obstante que nadie se emocione con este presunto altruismo del fisco, porque como cualquier otro acuerdo para demorar el ingreso al fisco, junto con la petición de aplazamiento la empresa deberá presentar un aval que garantice el pago. A más a más, a la deuda se le cargará además un tipo de interés por el aplazamiento que rondaría el 7%, nada atractivo cuando el precio legal del dinero está a la mitad. Puestos a financiarse a corto plazo con cargo a las arcas públicas, a las empresas les sale más rentable la opción de hacerlo a cargo de la Seguridad Social, por cuanto los recargos de mora son del 3% y 5% durante el primer y segundo mes de morosidad, sin exigencia de presentación de aval y por cuanto los importes adeudados suelen ser siempre son superiores.

lunes, 3 de noviembre de 2008

Departamentos de nómina; jodida la hemos de nuevo

Hoy ZP ha anunciado en comparecencia extraordinaria un paquete de medidas para ayudar a las familias. Entre ellas, la que fija que aquellos trabajadores con salarios brutos anuales inferiores a los 33.000 € se podrán descontar de las retenciones de cada nómina los beneficios fiscales por tener una hipoteca, en lugar de esperar a la declaración del renta del año posterior. Se supone que esta actuación supondrá un adelanto de liquidez para las familias de 2.000 millones de euros y podría beneficiar a tres millones y medio de contribuyentes. Y poco más se ha dicho; ni como se iba a implementar, ni que medios de control se iba a fijar, etc.. Na’ de na’. En todo caso lo que tenemos claro es que de nuevo a los departamentos de nómina les toca pringar, porque a igual que con el tema de los 400€, les viene encima un faenón del copón . La problemática que acecha en la aplicación de esta norma será variopinta y ocasionará no pocos malentendidos. De nuevo, ZP deja el marrón de aplicar sus regalitos electoralistas y demagógicos a las empresas. Bien vamos, a este paso, la siguiente será que por el mismo precio sentemos al trabajador y le hagamos la declaración de renta. Tiempo al tiempo.

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